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Desde el día 3 de marzo de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó Sentencia asentando de manera definitiva la posibilidad de que el juez nacional pueda determinar la abusividad de la cláusula que fija el tipo de interés (IRPH) del contrato de préstamo concertado entre el consumidor y la entidad bancaria, abriendo con ello la posibilidad de recuperar las cantidades abonadas en exceso por aplicación de la citada cláusula.
A este respecto, tras el análisis de la referida Sentencia podemos llegar a las siguientes conclusiones:
- Podrá someterse a control de abusividad la cláusula que fija el tipo de interés.
- Será nula aquella cláusula que fija el tipo de interés y se incorporó al contrato sin la debida información.
- Se tendrán en cuenta como parámetros de falta de información las siguientes circunstancias:
- La cláusula deberá ser gramaticalmente comprensible, de tal manera que cualquier consumidor medio pueda comprender de manera efectiva el sistema de cálculo del índice y las consecuencias económicas de concertar el préstamo referenciado al mismo.
- Se debió entregar un plus de información sobre el índice, como por ejemplo, su evolución en el pasado o los elementos que lo conforman (tipo de interés, comisiones, diferenciales, etc.).
- No podrán limitarse temporalmente los efectos de la declaración de nulidad
¿Qué es el IRPH?
El IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, es uno de los tipos de interés más utilizados en España junto con el Euribor. Las hipotecas referenciadas a este índice poseen un tipo de interés muy elevado que se extrae haciendo una media de los intereses aplicados por cajas y bancos. Sobre este índice planea la sospecha de la falta de transparencia en su comercialización por parte de los bancos. La causa fue llevada a Europa después de que el Supremo no lo considerara abusivo.
Por todo ello, si usted tiene suscrito un préstamo referenciado al IRPH, y desea que verifiquemos las posibilidades de recuperar las cantidades abonadas en exceso, sin compromiso de clase alguna, puede contactar con nosotros a través de las siguientes vías: abogado@elregidor.com / 868.047.985
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